Plan de ahorro y gestión energética aprobado por el Gobierno de España

R.D. Ley 14/2022 de 1 de agosto de 2022

El Gobierno aprueba un Plan de ahorro y gestión energética en climatización para reducir el consumo en el contexto de la guerra en Ucrania

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado un Real Decreto-ley con un Plan de choque de ahorro y gestión energética en climatización para reducir rápidamente el consumo de energía en edificios administrativos, comerciales y de pública concurrencia, tal cual se define en el Reglamento de Instalaciones Térmicas en Edificios (RITE). El documento, que facilita el cumplimiento de los compromisos europeos derivados del conflicto en Ucrania, impulsa también la electrificación de la economía, al agilizar las tramitaciones de las redes e infraestructuras y potenciar el almacenamiento y el autoconsumo. Del mismo modo, también promueve la sustitución de gas natural por gases renovables al facilitar su inyección en la red de gasoductos.

Adicionalmente, el MITECO activa medidas que permitan reducir de forma estructural la dependencia energética exterior, con 350 millones de euros en ayudas para incrementar la eficiencia de distintos sectores de la economía y potenciar el almacenamiento en las instalaciones de renovables. También convoca una nueva subasta de renovables, con 3.300 MW para centrales eólicas y fotovoltaicas, y lanza una consulta pública previa para actualizar el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030 (PNIEC), de modo que incorpore las medidas adoptadas en el plano nacional y en el plano europeo.

En un contexto en el que los 27 miembros de la UE han acordado reducir voluntariamente su consumo de gas, el Gobierno busca minimizar el impacto económico y social de un eventual corte de suministro de gas ruso. Por eso está preparando un Plan de Contingencia con medidas de ahorro de energía y actuaciones solidarias con el resto de la UE que se presentará a finales de septiembre.

En esta línea, las medidas aprobadas hoy se orientan a reducir el consumo rápidamente –los cambios de comportamiento pueden reducir la demanda de gas y petróleo un 5% a corto plazo– y a potenciar la electrificación de la economía y la reducción del consumo de gas de origen fósil.

 

Resumen de medidas, afectados, entrada en vigor y sanciones:

     Quedan afectados los edificios y locales destinados a los siguientes usos ( apartado 2 de la IT 3.8.1 de Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, RITE),

  1. Administrativo
  2. Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.
  3. Pública concurrencia:
    • Culturales (teatros, cines, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones y similares),
    • Establecimientos de espectáculos públicos y actividades recreativas,
    • Restauración (bares, restaurantes y cafeterías)
    • Transporte de personas (estaciones y aeropuertos).

 

MEDIDAS Y ENTRADA EN VIGOR

                          MEDIDA                                                              Entrada en vigor

Art. 29.1 Temperatura del Aire:

–          En los recintos calefactados no será superior a 19 º

–          En los recintos refrigerados no será inferior a 27º

 

 

 

 9 de agosto de 2022 a  1 de noviembre de 2023

Art. 29.2 Carteles o pantallas  informativas, que recojan información sobre las medidas aplicadas, temperatura y humedad, apertura de puertas y régimen de revisión.

Visibles desde la entrada o acceso.

 

2 de septiembre de 2022 a  1 de noviembre de 2023

Art. 29.3 Sistema de cierre de puertas adecuado (podrá consistir en un sencillo brazo de cierre automático)  

30 septiembre de 2022

Art. 29.4 Apagado del alumbrado de escaparates a las 22 horas

 

 

 

9 de agosto de 2022 a  1 de noviembre de 2023

Art. 29.5 Adelantar inspecciones de eficiencia energética las empresas obligadas a ella cuya última inspección se haya realizado antes del 1 de enero de 2021

 

 

 

 

Antes del 1 de diciembre de 2022

 

Las infracciones serán sancionadas en la forma prevista en el RITE:

  • Las infracciones leves con multas de hasta 60.000 euros.
  • Las infracciones graves con multas de hasta 6.000.000 euros.
  • Las infracciones muy graves con multas de hasta 100.000.000 euros.