Estas últimas semanas ha saltado a la palestra la noticia de que la CNMC (Comisión Nacional de Mercados y Competencia) da luz verde a la nueva normativa que regulará los puntos de recarga para coches eléctricos, como el que disponemos en nuestras instalaciones. Con algunos matices que pronto se irán desgranando.

Una nueva legislación que aclara el papel de cada uno de los agentes que interviene en la recarga de los vehículos eléctricos y concreta las características relacionadas con la prestación de estos servicios.

La CNMC valora de forma positiva la nueva normativa, aunque señala que es importante definir «de forma más concreta» las funciones de cada sujeto y completar el régimen sancionador.

También ha aprobado los informes sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se regula la actividad de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos (IPN/CNMC/010/21) y sobre el Proyecto de Orden que regula la información a remitir por los prestadores de servicio de recarga (IPN/CNMC/009/21).

La Comisión valora favorablemente tanto el Proyecto de Real Decreto como la Orden, pues considera que «aumentará la transparencia a la hora de localizar los operadores de recarga y mejorará la información sobre los precios de venta».

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