Di NO a las Llamadas SPAM: Protege tus Derechos según la Circular 1/2023 de la AEPD
A partir del 29 de junio de 2023, entró en vigor la Circular 1/2023 de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), relacionada con la aplicación del artículo 66.1.b) de la Ley 11/2022 General de Telecomunicaciones12.
En esta circular, la AEPD interpreta el mencionado artículo con el objetivo de aclarar cuándo y cómo se puede utilizar el canal telefónico para realizar llamadas comerciales. Los usuarios finales tendrán los siguientes derechos:
- No recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, a menos que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones o que la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación contemplada en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales1.
La circular también establece que, por norma general, no se pueden realizar llamadas comerciales sin una base de legitimación. Algunas excepciones incluyen:
- Relación contractual de productos similares.
- Contrato finalizado hace menos de un año de productos similares.
- Solicitud o interacción por parte del usuario hace menos de un año1.
Para más detalles, puedes consultar la Circular 1/2023 en el Boletín Oficial del Estado1.
Cómo Reclamar Llamadas No Autorizadas: Pruebas y Procedimiento
Para garantizar el cumplimiento de la normativa, las empresas que realicen campañas comerciales telefónicas deben seguir ciertos pasos:
- Informe Previo:
- El responsable de tratamiento de datos de la empresa debe elaborar un informe previo a las llamadas. Este informe debe considerar las distintas categorías de llamadas, incluyendo la ponderación de los derechos e intereses en conflicto con los usuarios.
- Consulta de Sistemas de Exclusión Publicitaria:
- Antes de realizar la llamada, se deben consultar los sistemas de exclusión publicitaria según lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 3/2018. Puedes encontrar más información en Listarobinson.es
- Información al Inicio de la Llamada:
- Al iniciar la llamada, se debe proporcionar la siguiente información al usuario:
- La identidad de la empresa que realiza la llamada.
- En caso de que aplique, el nombre de la persona o entidad en cuyo nombre se realiza la llamada.
- La finalidad de la llamada.
- La posibilidad de revocar el consentimiento para recibir llamadas (si el usuario así lo desea). En caso de revocación, la llamada debe finalizar.
- Al iniciar la llamada, se debe proporcionar la siguiente información al usuario:
- Grabación de la Llamada:
- Se debe grabar la llamada como prueba de que se cumple con esta parte de la protección de datos.
A pesar de la entrada en vigor de esta norma, nuestros clientes siguen recibiendo llamadas comerciales no autorizadas. Por lo tanto, a continuación, describimos el proceso para reclamar en caso de recibir llamadas de este estilo:
Pruebas Necesarias para Reclamar una Llamada No Autorizada:
- Identificación de la Empresa: Anota de qué empresa te están ofreciendo el producto (por ejemplo, Iberdrola, Endesa, etc.).
- Captura de Pantalla del Móvil: Toma una foto o captura de pantalla en la que se pueda apreciar el número de teléfono de la llamada, la hora y, si es posible, la fecha. Se recomienda revisar las “llamadas recientes” justo después de recibir la llamada y guardar la evidencia.
- Prueba de Titularidad del Número: Asegúrate de tener pruebas de que eres el titular del número de teléfono que recibió la llamada (por ejemplo, factura, contrato, etc.). También, identifica la compañía telefónica que te prestaba el servicio en el momento de la llamada (por ejemplo, Movistar, Vodafone, etc.).
- A ser posible, indicios racionales de la existencia de la infracción, que podrán consistir en una copia de la grabación de audio asociada (no obligatorio, pero muy conveniente si la llamada ha sido realizada por una empresa externa a la denunciada).
Pasos para Presentar una Reclamación ante la AEPD por Llamadas No Autorizadas
Si has recibido llamadas no autorizadas y deseas presentar una reclamación, sigue estos pasos:
- Accede al Enlace de la AEPD:
- La reclamación se debe interponer ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Puedes hacerlo a través del siguiente enlace: Formulario de Reclamación.
- Elige el Modo de Presentación:
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- Al final de la página, debes seleccionar el modo de presentación de la reclamación. Hay dos opciones, soporte electrónico o en papel, para ello se debe de cumplimentar los formularios oportunos.
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Espero que esta información os haya servido, muchas gracias por leernos; cualquier duda o consulta: info@enseconil.com